RESPUESTA RÁPIDA

El seguro escolar obligatorio cubre a estudiantes menores de 28 años desde 3.º de ESO hasta la universidad. Protege frente a accidentes escolares, enfermedades no cubiertas por la sanidad pública e infortunio familiar. Cuesta 2,24 € al año por alumno: la mitad la paga el estudiante en la matrícula y la otra mitad el Ministerio de Educación.

📅 Actualizado: agosto 2026  |  🔄 Próxima revisión: septiembre 2026

El seguro escolar es uno de esos temas que muchos padres y estudiantes conocen por encima, pero rara vez comprenden a fondo. ¿Sabías que puede cubrir desde accidentes hasta asistencia sanitaria? ¿O que es obligatorio para millones de estudiantes?

¿Qué es el seguro escolar?

El seguro escolar es una póliza obligatoria que protege a los estudiantes frente a accidentes, enfermedades y situaciones familiares adversas durante su trayectoria educativa. Gestionado por la Seguridad Social y financiado en parte por el alumno y en parte por el Estado, este seguro garantiza asistencia sanitaria, indemnizaciones económicas y otras prestaciones esenciales para el bienestar del alumnado.

El Seguro Escolar Obligatorio está dirigido a estudiantes menores de 28 años que cursen estudios oficiales desde 3.º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) hasta el tercer ciclo universitario. Su finalidad es cubrir riesgos relacionados con la actividad académica y el hogar, ofreciendo una red de protección social para quienes no estén cubiertos por otros sistemas de seguridad social

Coberturas del Seguro

El seguro escolar ofrece tres bloques de prestaciones obligatorias:

Accidentes escolares

  • Asistencia médica y farmacéutica ante lesiones y urgencias.
  • Indemnizaciones y pensiones por incapacidad.
  • Gastos de sepelio en caso de fallecimiento por accidente

Enfermedad

  • Asistencia médica y farmacéutica para enfermedades no cubiertas por el sistema público.
  • Tratamientos especializados como cirugía general, neuropsiquiatría, tocología, tuberculosis pulmonar y ósea, fisioterapia, quimioterapia, radioterapia y cirugía maxilofacial

Infortunio familiar

  • Cubre situaciones sobrevenidas en el hogar que impidan continuar los estudios (muerte de progenitores, ruina familiar, quiebra, etc.).
  • Se otorgan prestaciones económicas que facilitan la continuidad educativa del estudiante

Otras prestaciones

  • Prestaciones complementarias como neuropsiquiatría y tocología sin necesidad de acreditar un año de seguro, y extensiones según criterios del Ministerio de Educación y Seguridad Social

¿Quién paga el Seguro Escolar? 

Como hemos visto anteriormente, el coste de este seguro corre a cargo tanto del Alumno como del Estado. 

El Seguro Escolar Obligatorio se financia mediante una pequeña prima anual de 2,24 € por estudiante. De ese importe, 1,12 € (el 50 %) lo abona directamente el alumno al formalizar su matrícula a partir de 3.º de ESO, y el resto corre a cargo del Ministerio de Educación a través de la Tesorería de la Seguridad Social 

El cobro se integra automáticamente en el pago de la matrícula, de modo que los estudiantes no tienen que realizar trámites adicionales. Son los centros educativos quienes recogen esa cuota junto al resto de los derechos de enseñanza y remiten las cantidades recaudadas a la Seguridad Social para su gestión y ejecución

Requisitos para acceder al seguro escolar

Para beneficiarse del seguro escolar, el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser menor de 28 años.
  • Estar matriculado en estudios oficiales.
  • Haber abonado la cuota del seguro durante el curso académico.
  • En algunos casos, haber estado asegurado al menos un curso anterior (excepto en prestaciones exentas como neuropsiquiatría y tocología).

Limitaciones y exclusiones

  • No cubre estudios no oficiales o realizados fuera del sistema educativo español.
  • En prestaciones económicas por infortunio familiar, pueden aplicarse criterios de renta.
    Las coberturas no sustituyen a la asistencia sanitaria del sistema público general.

Trámites para solicitar las prestaciones

Cuando ocurre una situación cubierta, es importante acudir a un centro autorizado por la Seguridad Social y presentar la documentación correspondiente. En general, se necesita:

  • Parte médico o informe del accidente.
  • Justificante de matrícula.
  • Resguardo del pago del seguro escolar.

El trámite puede hacerse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o de forma presencial.

El Seguro Escolar está regulado por la Ley General de la Seguridad Social y normativa complementaria. Puedes consultar más en el portal oficial de la Seguridad Social.

El seguro escolar es uno de esos temas que muchos padres y estudiantes conocen por encima, pero rara vez comprenden a fondo. ¿Sabías que puede cubrir desde accidentes hasta asistencia sanitaria? ¿O que es obligatorio para millones de estudiantes?

¿Qué es el seguro escolar?

El seguro escolar es una póliza obligatoria que protege a los estudiantes frente a accidentes, enfermedades y situaciones familiares adversas durante su trayectoria educativa. Gestionado por la Seguridad Social y financiado en parte por el alumno y en parte por el Estado, este seguro garantiza asistencia sanitaria, indemnizaciones económicas y otras prestaciones esenciales para el bienestar del alumnado.

El Seguro Escolar Obligatorio está dirigido a estudiantes menores de 28 años que cursen estudios oficiales desde 3.º de Educación Secundaria Obligatoria (ESO) hasta el tercer ciclo universitario. Su finalidad es cubrir riesgos relacionados con la actividad académica y el hogar, ofreciendo una red de protección social para quienes no estén cubiertos por otros sistemas de seguridad social

Coberturas del Seguro

El seguro escolar ofrece tres bloques de prestaciones obligatorias:

Accidentes escolares

  • Asistencia médica y farmacéutica ante lesiones y urgencias.
  • Indemnizaciones y pensiones por incapacidad.
  • Gastos de sepelio en caso de fallecimiento por accidente

Enfermedad

  • Asistencia médica y farmacéutica para enfermedades no cubiertas por el sistema público.
  • Tratamientos especializados como cirugía general, neuropsiquiatría, tocología, tuberculosis pulmonar y ósea, fisioterapia, quimioterapia, radioterapia y cirugía maxilofacial

Infortunio familiar

  • Cubre situaciones sobrevenidas en el hogar que impidan continuar los estudios (muerte de progenitores, ruina familiar, quiebra, etc.).
  • Se otorgan prestaciones económicas que facilitan la continuidad educativa del estudiante

Otras prestaciones

  • Prestaciones complementarias como neuropsiquiatría y tocología sin necesidad de acreditar un año de seguro, y extensiones según criterios del Ministerio de Educación y Seguridad Social

¿Quién paga el Seguro Escolar? 

Como hemos visto anteriormente, el coste de este seguro corre a cargo tanto del Alumno como del Estado. 

El Seguro Escolar Obligatorio se financia mediante una pequeña prima anual de 2,24 € por estudiante. De ese importe, 1,12 € (el 50 %) lo abona directamente el alumno al formalizar su matrícula a partir de 3.º de ESO, y el resto corre a cargo del Ministerio de Educación a través de la Tesorería de la Seguridad Social 

El cobro se integra automáticamente en el pago de la matrícula, de modo que los estudiantes no tienen que realizar trámites adicionales. Son los centros educativos quienes recogen esa cuota junto al resto de los derechos de enseñanza y remiten las cantidades recaudadas a la Seguridad Social para su gestión y ejecución

Requisitos para acceder al seguro escolar

Para beneficiarse del seguro escolar, el estudiante debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser menor de 28 años.
  • Estar matriculado en estudios oficiales.
  • Haber abonado la cuota del seguro durante el curso académico.
  • En algunos casos, haber estado asegurado al menos un curso anterior (excepto en prestaciones exentas como neuropsiquiatría y tocología).

Limitaciones y exclusiones

  • No cubre estudios no oficiales o realizados fuera del sistema educativo español.
  • En prestaciones económicas por infortunio familiar, pueden aplicarse criterios de renta.
    Las coberturas no sustituyen a la asistencia sanitaria del sistema público general.

Trámites para solicitar las prestaciones

Cuando ocurre una situación cubierta, es importante acudir a un centro autorizado por la Seguridad Social y presentar la documentación correspondiente. En general, se necesita:

  • Parte médico o informe del accidente.
  • Justificante de matrícula.
  • Resguardo del pago del seguro escolar.

El trámite puede hacerse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o de forma presencial.

El Seguro Escolar está regulado por la Ley General de la Seguridad Social y normativa complementaria. Puedes consultar más en el portal oficial de la Seguridad Social.

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Preguntas frecuentes

¿Qué es el seguro escolar obligatorio?

Es una póliza pública, gestionada por la Seguridad Social, que protege a estudiantes menores de 28 años desde 3º de ESO hasta el tercer ciclo universitario frente a accidentes, enfermedad e infortunio familiar durante su etapa educativa.

¿Quién paga el seguro escolar?

Cuesta 2,24€ al año por estudiante, repartidos al 50%: 1,12€ los paga el alumno junto a la matrícula a partir de 3º de ESO, y el resto lo asume el Ministerio de Educación a través de la Seguridad Social.

¿Qué requisitos hay que cumplir para acceder a las prestaciones?

Ser menor de 28 años, estar matriculado en estudios oficiales y haber abonado la cuota del curso. Para algunas prestaciones (excepto accidente, infortunio familiar y tocología) también se exige un año de seguro acreditado.

¿Cómo se solicita una prestación del seguro escolar?

Hay que acudir a un centro autorizado por la Seguridad Social con el parte médico o informe del accidente, el justificante de matrícula y el resguardo del pago del seguro, ya sea de forma presencial o por la sede electrónica.

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